Beca para realizar Servicio Social

Convocatoria

Otoño 2026

LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA, POR CONDUCTO DE SU RECTOR GENERAL

CONVOCA AL ALUMNADO DE LICENCIATURA DE ESTA UNIVERSIDAD PARA PARTICIPAR EN EL PROGRAMA DE BECAS PARA SERVICIO SOCIAL

Con fundamento en los artículos 15 de la Ley Orgánica, 36 del Reglamento Orgánico, 1 y 3 del Reglamento de Estudios Superiores, y de conformidad con las Políticas Generales, las Políticas Operacionales de Docencia, Reglamento de Servicio Social a Nivel de Licenciatura, el Acuerdo 02/2026 del Rector General y las Reglas de Operación del Programa de Becas Elisa Acuña y sus anexos, se convoca al alumnado que haya sido aceptado o estén en proceso de aceptación para realizar su servicio social reconocido por la UAM.

I. BASES

  1. Objetivo de la beca: “Contribuir a la obtención del servicio social, capacitación o grado académico correspondiente mediante el otorgamiento de becas para las/os alumnos/as y/o egresadas/os hasta con dos años de antigüedad provenientes de Instituciones Públicas de Educación Media Superior o de Educación Superior.”
  2. Población Objetivo: “Alumnas(os) que hayan sido aceptadas(os) para realizar su servicio social con no más de dos años de haber concluido el plan de estudios.”
  3. Las becas consisten en un estímulo económico mensual de $1,000.00 en moneda nacional, que se otorgará hasta por 6 meses.
  4. El Comité de Becas, de acuerdo con la disponibilidad presupuestal, determinará el número de becas que podrán otorgarse.
  5. De acuerdo al Reglamento de Servicio Social en el ARTÍCULO 17 indica que “El alumnado o personas egresadas presentarán, ante la persona titular de la dirección de división correspondiente, la solicitud de inscripción al plan, programa o proyecto aprobado, con anticipación a la fecha de inicio de la prestación del servicio social”, así mismo en el ARTÍCULO 19 se establece que “Las personas titulares de las direcciones de división atenderán las solicitudes y resolverán, en un plazo de cinco días hábiles contados a partir de la fecha de la solicitud, quiénes quedan inscritos en el plan, programa o proyecto de que se trate, la fecha de inicio y el nombre de la persona asesora.” Por lo anterior, es facultad de las Divisiones Académicas en las Unidades Universitarias, realizar el registro del Servicio Social en el módulo que se encuentra en el Sistema de Administración Escolar (SAE) para la solicitud de beca de Servicio Social es necesario contar con el registro correspondiente.

  6. El cumplimiento de los requisitos no garantiza el otorgamiento de la beca debido a que se encuentra sujeta a la suficiencia presupuestaria del ejercicio fiscal correspondiente.
  7. Sin excepción el trámite es personal.
  8. Los derechos y obligaciones de las personas  beneficiarias, así como las causas de suspensión y cancelación de las becas se establecen en las Reglas de Operación del Programa de Becas Elisa Acuña y sus anexos, publicados el 31 de diciembre de 2025 en el Diario Oficial de la Federación, que como parte integral de esta Convocatoria pueden ser consultados en www.dof.gob.mx.
  9. Los resultados se publicarán en becas.uam.mx , el 3  5 de noviembre de 2026 y serán definitivos e inapelables.
  10. El comité de becas solicitará la Información académica a la Dirección de Sistemas Escolares para la evaluación del cumplimiento de los requisitos académicos de las personas solicitantes.

  11. El Reglamento de Servicio Social a Nivel Licenciatura, en los artículos 33 y 34, estipula que la Universidad, a través de los órganos y las dependencias respectivas, será la única facultada para evaluar y, en su caso, acreditar el servicio social, y que la constancia de cumplimiento del servicio social será extendida a los prestadores por el director de división correspondiente, por lo que la persona beneficiaria deberá presentar al término del servicio social.

  12. “Cuando en las actividades de seguimiento o supervisión que defina la UAM se identifique que los recursos fueron destinados a fines distintos a los autorizados, o bien existan remanentes en su aplicación, solicitará al(a) beneficiaria(o) realizar su reintegro, quien estará obligado a realizarlo en un plazo no mayor a 10 días hábiles contados a partir de la fecha en que reciba la notificación formal con las instrucciones para efectuar dicho reintegro.

    Los casos no previstos se someterán a consideración del comité de becas.

    En caso de que la o el beneficiaria(o) no reintegre los recursos en el plazo establecido será sujeto de las sanciones y penas correspondientes, conforme a las disposiciones aplicables en la materia.”

  13. Las cuestiones no previstas en esta Convocatoria serán resueltas en definitiva por el Comité de Becas.

II. REQUISITOS

1. Las personas solicitantes deberán encontrarse en alguno de los siguientes supuestos:

  • Ser alumnado de tiempo completo a nivel licenciatura de la Universidad Autónoma Metropolitana
  • Haber concluido los créditos que integran el plan de estudio de la licenciatura respectiva (Persona Egresada) en los trimestres 24 – Otoño, 25 – Invierno, 25 – Primavera, 25 – Otoño, 26 – Invierno y 26 – Primavera.

2. Tener un promedio general mínimo de 8.

3. Haber sido alumnado aceptado para el desempeño del servicio social en un proyecto, programa, plan de servicio social aprobado por el órgano colegiado correspondiente.

4. Haber iniciado el servicio social durante el ejercicio fiscal 2026.

5. El Comité asignará las becas en función de la trayectoria académica del alumnado.

6. No haber concluido otros estudios de nivel licenciatura, ni contar con título profesional de ese nivel o superior.

7. Firmar la carta compromiso, una vez que se publique el dictamen de otorgamiento de la beca.

8. Para recibir el pago de la beca, el alumnado deberá tener una cuenta bancaria activa de débito a su nombre y asegurarse de que permita depósitos mayores al monto total de la beca, transferencias electrónicas y que no tenga límite de depósitos al mes.

III. RESTRICCIONES

  • Las personas solicitantes no deben contar con algún otro beneficio de tipo económico o en especie otorgado para la realización del servicio social al momento de solicitar la beca y durante el tiempo en que reciban el beneficio.
  • Las personas solicitantes que resulten beneficiarias de la Beca de Servicio Social no podrán realizar cambio o modificación del Servicio Social previamente aceptado.

IV. CRITERIOS DE PRIORIZACIÓN

Las personas solicitantes que cumplan con los requisitos establecidos serán seleccionados(as) considerando los siguientes criterios:

  • Mayor promedio académico.
  • Equidad de número de becas entre las unidades universitarias.
  • Prioridad a los solicitantes que no hayan concluido el servicio social.
  • Prioridad a los proyectos que se realicen fuera de las unidades universitarias con beneficio social.
  • Se dará prioridad a aquellos solicitantes que no cuenten con otra beca.
  • Se dará prioridad a las alumnas que cumplan con todos los requisitos, con la finalidad de reducir las brechas de desigualdad de género.

V. DOCUMENTOS A PRESENTAR

Las personas solicitantes deberán registrar del del 25 de septiembre al 19 de octubre de 2026 hasta las 17:00hrs:

1. Acuse de la solicitud registrada en el sistema de la UAM firmada en tinta azul o negra (deberás guardar el documento para futuras referencias).

2. Copia de la credencial UAM o de la credencial de egresado o de una identificación oficial con fotografía.

VI. PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD

Consulta el procedimiento para la solicitud descargando el PDF.

IMPORTANTE

Registrar los documentos en el orden indicado, el nombre del archivo no debe tener caracteres especiales, ni símbolos, ni espacios en blanco y no tener un tamaño mayor a 1MB.

Los documentos se revisarán y serán calificados: aceptados o rechazados (En caso de ser rechazado algún documento se podrá registrar nuevamente).

Si el documento se encuentra rechazado se deberá corregir y registrar nuevamente.

La fecha límite para registrar los documentos será el 19 de octubre de 2026 hasta las 17:00 horas.

La fecha límite para corregir los documentos rechazados será el 21 de octubre de 2026 hasta las 17:00 horas.

Una vez publicados los resultados, las personas beneficiarias deberá formalizar la beca de acuerdo con el instructivo señalado en la publicación de resultados.

Ciudad de México, a 25 de septiembre de 2026.

A t e n t a m e n t e
Casa abierta al tiempo

Dr. Gustavo Pacheco López
Rector General

“Este programa es público ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”.

Histórico de Convocatoria